El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), a través de una sentencia del 22 de diciembre de 2022, ha declarado que las empresas tienen la obligación de pagar las gafas graduadas y/o lentillas que usen los empleados que trabajen frente al ordenador.
Esta medida surgió por el caso de un empleado rumano que reclamó a su empresa que le pagase unas gafas, ya que consideraba que su visión se había visto afectada por la exposición frente a la pantalla del ordenador durante sus jornadas laborales.
El caso en detalle
Como hemos adelantado, esta sentencia surge a raíz del caso de un trabajador rumano de la Inspección General de Inmigración del Departamento de Cluj, Rumanía. Su labor le obligaba a trabajar con equipos que incluían pantallas de visualización, lo que, según el propio empleado y su médico, provocó un importante deterioro de la vista, teniendo así que cambiar sus gafas graduadas por unas nuevas.
Este cambio le costó al trabajador una cantidad de 530€ que reclamó a la empresa. Una petición a la que la empresa se negó, de ahí que el asunto acabará en los tribunales rumanos.
El distrito de Cluj también lo desestimó, sin embargo, el Tribunal Superior entendió que la empresa debe dar a sus trabajadores un dispositivo corrector especial, ya sea entregándolo o reembolsando el dinero que haya gastado el empleado.
Primer caso en España
Ya se ha registrado el primer caso en España, concretamente en Bilbao, en el que una empresa tuvo que reembolsar a su empleado la cuantía que este gastó en unas gafas progresivas.
El Alto tribunal Europeo avala esta decisión. No obstante, aclara que deberá ser un tribunal nacional el que se encargue de comprobar si las gafas son necesarias para corregir los problemas generados por el tipo de trabajo.
En definitiva, si un trabajador reclama judicialmente este reembolso y la justicia nacional lo respalda, la empresa deberá costear dichas gafas, eso sí, solo en caso en los que se vayan a utilizar dentro del ámbito laboral.