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agosto 12, 2025Los pensionistas que hayan tenido hijos pueden acceder a un complemento adicional en sus prestaciones. Esta medida se aplica a quienes reciben pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y busca compensar el impacto que la crianza de hijos ha tenido, especialmente, en las trayectorias profesionales y en la brecha de género en las pensiones.
Aunque inicialmente este complemento se asoció a las mujeres, diversas sentencias han ampliado su acceso a los hombres que acrediten ciertas condiciones. Así, la Seguridad Social ha recordado recientemente que tanto hombres como mujeres pueden solicitarlo, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
El complemento consiste en una cantidad fija mensual por cada hijo, con un máximo de cuatro. Se trata de una ayuda que se suma a la pensión ordinaria y que puede suponer un ingreso extra significativo para muchas personas.
¿Quién puede beneficiarse?
El derecho al complemento está vinculado al hecho de haber tenido hijos y de haber sufrido, como consecuencia, un perjuicio en la carrera laboral. Para poder solicitarlo, es necesario:
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Estar recibiendo una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
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Haber tenido al menos un hijo inscrito en el Registro Civil.
En el caso de los hombres, se requiere cumplir uno de estos dos criterios:
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Haber generado una pensión de viudedad tras el fallecimiento del otro progenitor de los hijos en común.
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Demostrar un perjuicio en la cotización tras el nacimiento o adopción. Para nacimientos anteriores a 1995, se exige haber acumulado más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses previos y los tres años posteriores al nacimiento. Para los posteriores a 1995, las bases de cotización de los dos años posteriores deben ser un 15% inferiores a las de los dos años anteriores.
Importes actualizados en 2025
La cuantía del complemento se actualiza anualmente. En 2025, las cifras son las siguientes:
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1 hijo: 35,40 € al mes
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2 hijos: 70,80 € al mes
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3 hijos: 106,20 € al mes
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4 o más hijos: 141,60 € al mes
Este importe se abona junto con la pensión ordinaria y es compatible con otras ayudas o complementos que el pensionista pueda recibir.
¿Dónde y cómo solicitarlo?
El trámite debe realizarse al mismo tiempo que se solicita la pensión. Hay varias formas de hacerlo:
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A través del portal Tu Seguridad Social, si se dispone de certificado digital, DNIe o Cl@ve.
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Si no se cuenta con medios electrónicos, se puede solicitar a través de la plataforma online de trámites de la Seguridad Social, disponible para estos casos concretos.
La Seguridad Social ha difundido esta información en sus canales oficiales para recordar a los ciudadanos que esta ayuda está vigente y puede marcar una diferencia significativa en la pensión mensual. Además, sigue formando parte de las medidas para corregir la brecha de género que aún persiste en el sistema contributivo.
Tanto si estás a punto de solicitar tu pensión como si ya la estás cobrando y crees que puedes cumplir los requisitos, merece la pena revisar tu situación y valorar esta posibilidad.
En nuestra asesoría en Vitoria, te ayudamos a gestionar el complemento por hijos en tu pensión, además de otros trámites relacionados con la Seguridad Social. Contamos con profesionales especializados que te ofrecerán un asesoramiento claro, personalizado y actualizado. Si necesitas ayuda con este procedimiento, no dudes en contactar con nuestra asesoría en Vitoria.




