Plan de igualdad

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¿Cuando es obligatorio implementar el Plan de Igualdad?


 

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¿Qué empresas están obligadas a contar con un Plan de Igualdad?

Con el Nuevo Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, publicado el pasado mes de abril, se obligará a que las empresas con una plantilla superior a 50 personas trabajadoras, diseñen e implementen un plan de igualdad en el plazo de 1, 2 o 3 años en función del volumen de su plantilla.

Incumplir con la LOI puede suponer sanciones económicas de hasta 187.515€ además de no poder acceder a la contratación pública tal como establece la Ley de Contratos del Sector Público.

Las empresas que cuenten con una plantilla inferior a 50 personas trabajadoras pueden realizar un diagnóstico y diseño del plan de igualdad.

¿Qué es un Plan de Igualdad y quién está obligado a elaborarlo?

Un plan de igualdad puede definirse como un conjunto de medidas que se establecen en la empresa una vez que se ha hecho un estudio de la situación de la misma relacionado con las oportunidades que puedan tener las mujeres con respecto a los hombres, y que no existan desigualdades entre ambos sexos dentro de una empresa o institución. Estarán obligadas a disponer de un plan de igualdad, aquellas empresas que cuenten con más de 50 trabajadores, en las que el convenio así lo disponga o aquellas que así lo hayan acordado con su autoridad laboral.
¿Cuáles son los rasgos más característicos con los que debe contar un plan de igualdad?

Los planes de igualdad no sólo se diseñan para las mujeres, sino que se establecen para todo el equipo por igual. · Metódicos. Se trata de conseguir una serie de objetivos con los que se apliquen una serie de medidas específicas para la empresa.
· Amoldables. Ya que se desarrollan en función de la situación de cada empresa o administración.
· Provisionales. Estas medidas dejan de estar vigentes cuando se ha conseguido alcanzar el objetivo esperado.
· Resolutivos. Ya que se deben de ir acoplando a las nuevas circunstancias que puedan darse.
· Son comunes ya que afectan a todo el grupo como tal.
· Deben de ser ejecutables, no pueden quedar en una única mención, se han de llevar a cabo.
¿Qué pasa cuando no se cumple un Plan de Igualdad?

La Inspección de Trabajo es la responsable de que estos planes se ejecuten y en el caso de que no, de sancionar a los responsables, basándose en los convenios colectivos de cada empresa en cuestión. En el 13, al Art. 7, Ley Orgánica de Libertad Sindical (LISOS), se añade un nuevo apartado por el que se considera infracción muy grave cualquier incumplimiento del plan de igualdad “no cumplir las obligaciones que en materia de planes de igualdad establece el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación”. Además, también se da una modificación del el Art. 8, en el cuál se añade el apartado número 17 por el que “no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos, cuando la obligación de realizar dicho plan responda a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46 bis de esta Ley”. Lo que se pretende es que todas las medidas destinadas al cumplimiento de los planes de igualdad se ejecuten y se regulen las responsabilidades que tienen las empresas con respecto a este punto, y sancionar su incumplimiento.
¿Existe la posibilidad de hacer algo más, aparte de los planes de igualdad?

Sí, todas las empresas aunque no cuenten con un plan de igualdad, deben de contar con medidas que contribuyan a favorecer los derechos de los trabajadores y trabajadoras salvaguardando las posibles desigualdades que puedan surgir y favoreciendo la igualdad de oportunidad para ambos sexos. Además, se han de introducir medidas que favorezcan la protección frente al acoso sexual y al acoso por condición sexual.
¿Se pueden contar con subvenciones si dispones de un plan de igualdad?

Si, existen varias ayudas y subvenciones por establecer un plan de igualdad. Una de ellas es la que la del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades:
· Para pequeñas y medianas empresas de entre 30 y 49 trabajadoras que no están obligadas a implantar el plan.
· Cuenta con un presupuesto de 600.000 euros. Repartidos entre 390.000 euros de financiación en 2019, y 210.000 para 2020.
· El importe máximo del que pueden disfrutar las empresas en ayudas es de 6.000€.
· Sólo se puede acceder a esta financiación una vez por empresa. Estas ayudas son incompatibles con el resto de prestaciones ya sean en el ámbito público o privado.
Además de esta ayuda, en la página web del Ministerio de Igualdad, pueden verse otras ayudas y subvenciones con las que pueden contar las empresas.
¿Se deben registrar los planes de igualdad?

Es muy importante que se registren los planes de igualdad empresarial. Para poder acceder al depósito de estos registros existe, el REGCOM (Registros de convenios y acuerdos colectivos) ha creado un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas. Dar de alta el plan en este registro es obligatorio. Estos son los pasos a seguir para poder registrar el plan:
· Entra en la web del REGCOM y crea un perfil de usuario a través de certificado digital o con el sistema Clave.
· Sigue la siguiente ruta: sin antecedentes (Nuevo acuerdo) > Empresa > Acuerdos sobre Planes de Igualdad.
¿Existen servicios de asesoramiento para planes de igualdad? ¿En qué consisten?

Un servicio de asesoramiento sobre planes de igualdad, tiene como objetivo principal el de guiar a las empresas y otras entidades a implantar en las mismas, las medidas necesarias para cumplir con la legislación vigente acerca de los planes de igualdad. Este asesoramiento se puede desarrollar de forma telemática, por correo electrónico o a través de una llamada telefónica.
¿Qué debo tener en cuenta para realizar un plan de igualdad?

· Abrir la negociación y formar la comisión negociadora.
· Realizar un estudio detallado con datos cualitativos y cuantitativos para conocer posibles diferencias de integración entre hombres y mujeres.
· Establecimiento de medidas que permitan el desarrollo del plan de igualdad.
· Seguimiento del cumplimiento de medidas del plan de igualdad.
· Comprobación y análisis de resultados obtenidos, una vez que se implanta el plan.
¿Por qué se debe llevar a cabo un plan de igualdad?

Los planes de igualdad han de desarrollarse como una obligación legal, además las empresas que cuenten con estos planes se pueden ver bastantes favorecidas, ya que pueden aumentar su puntuación con respecto a los concursos de las administraciones públicas. Que haya igualdad en las empresas también permite que en estás se aumente la rentabilidad, ya que se distribuye el trabajo por igual y los trabajadores y trabajadoras están más contentos porque no hay discriminaciones de ningún tipo.
Si en una empresa hay más mujeres que hombres, ¿es necesario establecer un plan de igualdad? ¿Y si pasa el caso contrario?

Sí, es obligatorio porque se establecen en función de la plantilla, es decir, por el número de personas que hay trabajando en la empresa. Lo que se pretende con los planes de igualdad, cuando se da esta circunstancia “que el número de mujeres que trabajan en la empresa sea mayor que el de los hombres”, es que no se produzcan desequilibrios respecto a la presencia de hombres y mujeres en algunos puestos de trabajo.

Cuando hay más presencia masculina que femenina, pasa lo mismo, es muy importante subsanar estas irregularidades, e investigar cuál puede ser la causa dada de la diferencia y establecer un conjunto de medidas encaminadas a subsanar este hecho, por ello es importante contar con un plan de igualdad que regule todas las posibles desigualdades.
¿Cuánto tiempo se tarda en llevar a cabo un plan de igualdad?

El proceso desde que se decide de implantar un plan de igualdad hasta que se lleva acabo puede tardar hasta meses, dependiendo de la empresa, de la situación en la que se encuentren etc. En función de los trabajadores con los que cuente la empresa el tiempo para disponer de un plan de igualdad varía, por ejemplo una empresa de 50 trabajadores podrá tenerlo disponible en dos meses, una empresa de entre 100 trabajadores y 150 trabajadores podrían necesitar entre 3 o 4 meses y para una empresa de 250 trabajadores de hasta 6 meses. Para las compañías con más de 150 trabajadores la implantación de un plan de igualdad tiene carácter urgente, ya que el plazo para disponer de él es hasta el 7 de marzo 2020. Las que cuentan con entre 50 y 150 trabajadores el plazo para disponer del plan de igualdad es hasta el 7 de marzo de 2021 y 2022.
¿Quiénes deben participar para llevar a cabo un plan de igualdad?

· Los directivos de la empresa son las principales figuras encargadas de efectuar el plan y además, son los responsables de cumplir con la legalidad vigente.
· Los representantes de la empresa son los que tienen que estar al tanto de los cambios que se den en la empresa, ya que sirven de intermediarios entre dirección y trabajadores.
· Comisión Permanente de Igualdad.
· Existen también en la empresa unos equipos técnicos específicos que pueden verse afectados cuando se producen cambios en la empresa referentes a los planes de igualdad.
· En algunas ocasiones las empresas necesitan de personal cualificado para que les ayuden a implantar y a controlar la ejecución del plan.
· Los trabajadores deben de estar informador de los cambios y pueden ser partícipes del plan de igualdad.
· El Gobierno, sindicatos, las Comunidades Autónomas y patronales. Estos debe de estar pendientes de que se cumplan y se establezcan los planes de igualdad en las empresas donde sea obligatorio.

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