
Hacienda deberá aceptar deducciones de autónomos no inscritos en el RETA tras el fallo del Supremo
noviembre 20, 2025
Control del absentismo laboral en pymes de Vitoria-Gasteiz: qué puede hacer tu empresa y qué no
diciembre 23, 20251. La pregunta clave: ¿existe un número de días “sin consecuencias”?
Esta duda es muy habitual: “¿Cuántos días puedo faltar al trabajo sin baja médica y sin que me despidan?”
En la legislación laboral española no existe un número fijo de días que puedas dejar de acudir al trabajo sin baja médica y quedar automáticamente “a salvo”.
Lo que realmente determina las consecuencias no es tanto el número exacto de días, sino:
• Si la ausencia está justificada o no.
• Si se ha comunicado correctamente.
• La reiteración de las faltas en el tiempo.
• Lo que recoge el Estatuto de los Trabajadores (ET), el convenio colectivo y el régimen disciplinario interno de la empresa.
Esto significa que:
• Una sola ausencia injustificada puede generar consecuencias (descuento, amonestación…).
• Varias ausencias injustificadas, especialmente si se repiten, pueden derivar en sanciones graves e incluso en un despido disciplinario.
2. Contexto legal básico: lo que dice la normativa laboral
Aunque la regulación del absentismo ha cambiado en los últimos años, hay algunos puntos clave:
1. El Estatuto de los Trabajadores regula las causas de extinción del contrato y tipifica el despido disciplinario cuando hay faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad (art. 54.2 a), en relación con lo que establezcan los convenios colectivos sobre faltas leves, graves y muy graves.
2. La antigua posibilidad de despedir por absentismo objetivo (despido por faltas de asistencia, justificadas pero intermitentes, que superaban ciertos porcentajes) se derogó en 2020. Desde entonces, el foco está en la justificación y la reiteración injustificada de las ausencias.
En resumen: hoy no hay “porcentajes matemáticos” de ausencias que justifiquen un despido automático, pero las faltas injustificadas reiteradas siguen siendo causa de sanción e incluso de despido disciplinario.
3. Clave nº 1: justificar o no justificar la ausencia
Antes de pensar en cuántos días, hay que distinguir:
3.1. Ausencias justificadas (aunque no haya baja médica. Son aquellas en las que existe una causa reconocida por la ley, el convenio o la empresa, y el trabajador comunica y acredita la situación.
Ejemplos frecuentes (siempre según convenio y pactos internos):
• Citas médicas inaplazables (especialmente en la sanidad pública).
• Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal (comparecencias judiciales, tribunal, mesa electoral…).
• Permisos retribuidos:
o Matrimonio.
o Fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiares en determinados grados.
o Traslado de domicilio habitual.
• Situaciones específicas pactadas en el convenio (formación, exámenes, lactancia, etc.).
En estos casos, el trabajador debe
• Comunicar la ausencia con la máxima antelación posible.
• Presentar la justificación documental exigida (cita médica, certificado, comunicación oficial…).
En general:
• Si el convenio reconoce el permiso y se cumplen sus condiciones, no hay sanción.
• Puede haber conflicto si la empresa entiende que la causa no es suficiente o que no se han respetado los plazos/formas de comunicación.
3.2. Ausencias injustificadas. Se consideran injustificadas las faltas de asistencia o de puntualidad que:
• No se comunican a la empresa.
• Se comunican tarde o de forma insuficiente.
• No se acreditan adecuadamente.
• No encajan en ninguno de los supuestos de permiso reconocidos por la normativa o el convenio.
Consecuencias típicas:
• Descuento de salario de los días (o horas) no trabajados.
• Amonestaciones verbales o escritas.
• Sanciones disciplinarias (suspensión de empleo y sueldo).
• En casos graves o reiterados, despido disciplinario.
4. Clave nº 2: días aislados vs. reiteración de las ausencias
No es lo mismo faltar un día de forma puntual que construir un patrón de ausencias injustificadas.
Las empresas suelen valorar:
• Si las ausencias son casos aislados o se repiten en el tiempo.
• Si existe un patrón (por ejemplo, ausencias frecuentes los lunes o los días previos/posteriores a festivos).
• El impacto directo en:
o La organización del trabajo.
o El servicio a clientes.
o La carga para el resto del equipo.
Aunque no haya un “límite legal” de días, varias ausencias injustificadas en un periodo corto pueden encajar en las definiciones de falta grave o muy grave recogidas en el convenio.
Esto da soporte legal a:
• Escalar de la amonestación al despido disciplinario.
• Definir un historial de faltas que la empresa esgrime en caso de conflicto.
5. Qué te puede ocurrir si faltas al trabajo sin baja médica
A nivel práctico, las consecuencias más habituales son:
5.1. Descuento salarial:
• La empresa está legitimada para no pagar los días (u horas) en los que el trabajador no presta servicios sin causa justificada.
• El descuento se refleja normalmente en la nómina del mes correspondiente.
5.2. Amonestación o sanción:
En función del convenio y de la política interna:
• Primera ausencia injustificada → amonestación verbal o escrita.
• Reiteración en las ausencias → sanciones progresivas (suspensión de empleo y sueldo).
Es importante leer el cuadro de sanciones del convenio, donde se suele definir:
• Qué se considera falta leve, grave o muy grave.
• Qué sanción corresponde a cada nivel.
5.3. Despido disciplinario
En casos de absentismo injustificado grave o reiterado, la empresa puede optar por el despido disciplinario, siempre:
• Motivando la causa (relato de hechos, fechas, impacto…).
• Aportando pruebas de las ausencias y de los requerimientos efectuados.
El trabajador puede impugnar el despido, y serán los juzgados de lo social quienes valoren si:
• Está justificado (despido procedente).
• Falta soporte o proporcionalidad (despido improcedente).
• Se produce alguna vulneración de derechos fundamentales (posible nulidad).
6. Recomendaciones prácticas para trabajadores
Si te encuentras en una situación en la que no puedes acudir al trabajo:
1. Comunica siempre la ausencia. No esperes al día siguiente. Llama o escribe por los canales establecidos (teléfono, email, portal interno, app).
2. Justifica por escrito siempre que sea posible. Informes médicos, citaciones oficiales, justificantes de desplazamiento, etc.
3. Revisa tu convenio colectivo. No todos los sectores tienen los mismos permisos ni las mismas condiciones (plazos, duración, remuneración, etc.).
4. Evita normalizar la ausencia injustificada. Convertir “un día que no voy” en un patrón es el terreno perfecto para una sanción importante.
5. Busca apoyo profesional si te sancionan. Una sanción disciplinaria, especialmente si es grave, conviene revisarla con un profesional laboralista, tanto por plazos como por documentación.
7. Qué deberían hacer las empresas (especialmente pymes de Vitoria-Gasteiz y Álava)
Desde el punto de vista empresarial, el absentismo injustificado genera:
• Costes directos (sustituciones, horas extra…).
• Desajustes en la planificación.
• Clima de malestar si se percibe que la situación “se tolera” sin control.
En Asevi, como asesoría laboral en Vitoria-Gasteiz, recomendamos a las empresas:
1. Definir y comunicar protocolos claros: Cómo se comunica una ausencia, plazos mínimos de aviso y canal preferente (teléfono, email, portal).
2. Documentar todas las incidencias: Fechas, horas, tipo de ausencia, comunicaciones, justificantes, dejar constancia de amonestaciones y respuestas del trabajador.
3. Conectar la práctica con el convenio: Revisar periódicamente el cuadro de sanciones del convenio y asegurar que lo que se aplica en la empresa es coherente y proporcionado.
4. Actuar con criterios de proporcionalidad y coherencia: No todas las faltas deben terminar en despido, pero tampoco conviene no actuar nunca, porque se envía el mensaje de que “no pasa nada”.
5. Solicitar asesoramiento antes de decisiones críticas: Especialmente antes de un despido disciplinario, conviene revisar el caso con una asesoría laboral para minimizar riesgos de conflicto judicial.
8. Cómo trabaja Asevi los casos de absentismo
En Asevi:
• Analizamos el historial de ausencias del trabajador/a y la documentación asociada.
• Verificamos la aplicación correcta del convenio colectivo y de las políticas internas.
• Diseñamos, junto a la empresa, una estrategia de actuación (desde la comunicación preventiva hasta la sanción más grave cuando proceda).
• Ayudamos a las pymes de Vitoria-Gasteiz y Álava a encontrar un equilibrio entre el respeto a los derechos de la plantilla y la necesidad de garantizar la continuidad del negocio.
Para trabajadores:
• Revisamos sanciones y despidos disciplinarios.
• Comprobamos si se han respetado los requisitos formales y materiales.
• Asesoramos sobre la viabilidad de una impugnación y los pasos a seguir.
9. Preguntas frecuentes
1. Entonces, ¿puedo faltar uno o dos días sin baja si aviso?
Que avises ayuda, pero no convierte automáticamente la ausencia en justificada. Depende del motivo, de si existe permiso recogido en convenio y de la documentación aportada.
2. ¿Cuenta igual faltar por horas que por días completo
Sí. Las ausencias injustificadas pueden computarse también por horas (retrasos reiterados, salidas anticipadas, ausencias parciales). Varios retrasos pueden acabar siendo considerados falta grave.
3. Si estoy enfermo pero no tengo baja, ¿me pueden sancionar?
Si la enfermedad te impide trabajar, lo recomendable es acudir al médico y, si procede, obtener una baja. Faltar varios días sin baja ni justificante puede generar conflictos. Una única ausencia comunicada y razonable suele tener mejor encaje, pero no hay una garantía absoluta.
4. ¿Me pueden despedir solo por faltar sin baja médica?
Si hay un patrón de ausencias injustificadas y la empresa lo documenta y lo vincula al convenio, sí puede llegar a un despido disciplinario. La clave es la reiteración, la gravedad y cómo se ha gestionado el caso.
5. ¿Qué hago si no estoy de acuerdo con una sanción?
Es importante actuar rápido:
• Revisar la comunicación de la sanción, las fechas y los hechos descritos.
• Consultar con un profesional laboralista para valorar si impugnar y en qué plazos.
10. Conclusión: más importante que “cuántos días”, es “cómo y por qué”4
No existe una cifra mágica de días que puedas faltar al trabajo sin baja médica sin consecuencias.
Lo decisivo es:
• Cómo se comunica la ausencia.
• Por qué no acudes (motivo) y cómo lo acreditas.
• Cuántas veces ocurre y en qué contexto.
• Lo que establece el convenio colectivo y las normas internas de la empresa.
Para las empresas de Vitoria-Gasteiz y Álava, gestionar el absentismo con criterios claros, documentados y coherentes es clave para evitar conflictos y proteger tanto la actividad como la relación laboral. Si tu empresa necesita revisar su política de ausencias, o si eres trabajador y has recibido una sanción por faltas de asistencia, en Asevi podemos ayudarte a analizar la situación y definir el mejor camino para tu caso concreto.




