NOTA INFORMATIVA Nº 109/2024 – Sobre la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menor a 26 SEMANAS
noviembre 7, 2024El pasado 6 de noviembre, el BOE publicó el Real Decreto-ley 6/2024, en vigor desde el 7 de noviembre, que establece un conjunto de medidas fiscales dirigidas a apoyar a los municipios afectados por el reciente episodio de DANA.
Estas disposiciones buscan aliviar la carga tributaria y facilitar la recuperación de contribuyentes, empresas y sectores especialmente golpeados.
Las intensas lluvias e inundaciones afectaron gravemente a la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña, y en menor medida, Illes Balears y Aragón, causando daños personales y materiales que requieren una respuesta integral. El decreto introduce un primer conjunto de medidas fiscales, económicas y sociales con el objetivo de reparar los daños y reducir el impacto socioeconómico.
A continuación, te resumimos las principales medidas fiscales y cómo impactan en los contribuyentes:
Suspensión y extensión de plazos tributarios
Para los contribuyentes domiciliados en las zonas afectadas, se ha decidido un alivio de plazos en sus obligaciones fiscales:
- Extensión de plazos: La presentación de declaraciones y autoliquidaciones, como IVA e Impuesto sobre Sociedades, se amplía hasta el 30 de enero de 2025.
- Aplazamiento de deudas tributarias: Se concede un aplazamiento de hasta 24 meses sin intereses en los primeros 6 meses.
- Suspensión de subastas: Las subastas de bienes se suspenden, permitiendo a los licitadores afectados anular pujas y recuperar depósitos.
- Prórrogas adicionales: Los plazos para procedimientos administrativos en curso, como embargos y recursos, se amplían hasta el 30 de enero de 2025.
Inembargabilidad de las ayudas
Las ayudas concedidas bajo este decreto no serán embargables, lo que garantiza que los fondos destinados a la recuperación lleguen íntegramente a los afectados sin ser interceptados por deudas previas.
Medidas en materia catastral
Para aquellos con propiedades afectadas, se extienden los plazos de presentación de declaraciones y respuesta a requerimientos catastrales hasta el 30 de enero de 2025.
- Presentación de declaraciones: Los trámites catastrales cuyo vencimiento caiga entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024 podrán ser completados hasta el 30 de enero de 2025.
- Suspensión de trámites: Las respuestas a requerimientos y procedimientos también cuentan con esta prórroga.
Ayudas directas a empresas y profesionales
Las empresas y autónomos con sede en las zonas afectadas podrán acceder a ayudas que oscilan entre 5.000 y 150.000€, dependiendo del tamaño y volumen de negocio.
Las solicitudes deben realizarse entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024, con pagos programados a partir del 1 de diciembre.
Beneficios fiscales
Los afectados recibirán alivios fiscales que incluyen:
- Exención del IBI: Las propiedades dañadas estarán exentas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de 2024. Además, si estas propiedades son inhabitables y los propietarios deben realojarse, esta exención aplica de forma total.
- Reducción del IAE: Las empresas que detengan actividades temporalmente podrán recibir una reducción proporcional del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Exención de tasas de tráfico: Las tasas por baja de vehículos dañados y la expedición de duplicados de permisos de circulación o conducción serán exentas. Esta medida se extiende también a la emisión o renovación del DNI.
- Devoluciones fiscales: Aquellos que ya hayan abonado estos impuestos en 2024 pueden solicitar su devolución si cumplen con los requisitos.
Reducción fiscal para el sector agrario
Dado el impacto en el sector agrícola, se contempla una reducción de los índices de rendimiento neto en el IRPF, permitiendo así una carga fiscal ajustada a la pérdida de producción.
Inversiones financieramente sostenibles
Las inversiones en infraestructuras locales para reparar daños se consideran «financieramente sostenibles», permitiendo su ejecución prioritaria y sin restricciones de gasto.
Financiación a Entidades Locales
Las entidades locales recibirán financiamiento del Fondo de Financiación a Entidades Locales para cubrir los gastos derivados de las reparaciones y servicios urgentes en las áreas afectadas durante 2024 y 2025.
Prórroga en el pago del IRPF
El segundo pago fraccionado del IRPF de 2023 se extiende hasta el 5 de febrero de 2025. Los pagos domiciliados que ya hayan sido cargados se devolverán y se efectuarán de nuevo en la nueva fecha de vencimiento.
Excepciones a la extensión de plazos
Algunas declaraciones, como las de regímenes especiales de ventas a distancia, servicios a consumidores en la UE y transacciones intracomunitarias, deberán presentarse en los plazos habituales.
Exención de requisitos fiscales para ayudas
Los solicitantes de ayudas no deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Este tipo de excepción es extraordinario y se justifica por las circunstancias de la emergencia.
Exención de actos jurídicos documentados para moratorias hipotecarias
La formalización de moratorias en préstamos hipotecarios estará exenta de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, lo que facilita renegociaciones sin costos adicionales.