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septiembre 13, 2023La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha iniciado una comunicación con los trabajadores autónomos a través del correo electrónico. El propósito de este contacto es recordarles la necesidad de proporcionar información pertinente sobre su actividad antes del 31 de octubre.
Grupo de autónomos afectados
Varios grupos de autónomos están sujetos a esta obligación de comunicar datos a la Seguridad Social. Estos grupos incluyen:
- Autónomos societarios.
- Autónomos económicamente dependientes.
- Colaboradores familiares.
- Aquellos con obligación de colegiación y otros colectivos.
¿Cuáles son esos datos que deben comunicar a la Seguridad Social?
Esta nueva obligación implica una ampliación de los datos que los autónomos deben proporcionar. La iniciativa se deriva de la modificación del Artículo 30.2b) del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero. A continuación, te describimos los detalles específicos que deben ser comunicados a la Seguridad Social en función de la categoría del autónomo:
Autónomos societarios o vinculados a una empresa:
-
- Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte los autónomos.
- Desempeño del cargo de consejero o administrador, o la prestación de otros servicios para la sociedad.
- Porcentaje de participación en el capital social.
Autónomos económicamente dependientes (TRADE):
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- En caso de trabajar predominantemente para un único cliente, deben comunicar el CIF de dicho cliente a la Seguridad Social.
Autónomos obligados a estar colegiados:
-
- Deben indicar a qué colegio pertenecen.
Autónomos con colaboradores autónomos a su cargo:
-
- Deben proporcionar los nombres, apellidos y NIF de estos colaboradores.
La fecha límite para la comunicación de estos datos es el 31 de octubre. Esta nueva obligación ha generado inquietud entre los profesionales que representan a los trabajadores autónomos. Gestores y Graduados Sociales señalan que esto implica una carga de trabajo adicional para este colectivo.
Cabe mencionar que esta solicitud de información de la Seguridad Social no solo afecta a los autónomos recién registrados, sino que también aplica a aquellos con más experiencia en el campo.




