
Los distintos plazos para cobrar la incapacidad temporal
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En estos casos, el SEPE continuará abonando mensualmente la prestación por desempleo mientras dure la incapacidad temporal. Es decir, estar de baja no interrumpe ni reduce la prestación siempre que esta siga vigente, por lo que la persona recibirá la misma cantidad como si estuviera en búsqueda activa de empleo.
Mientras dure la baja médica y se continúe cobrando el paro, la cuantía de la prestación no cambiará. Esto significa que, durante los primeros 180 días, se recibirá el 70% de la base reguladora y, a partir del día 181, el 60%. Además, el SEPE seguirá cotizando a la Seguridad Social, lo que permitirá mantener derechos a futuras prestaciones, como la jubilación.
Es importante tener en cuenta que, aunque la persona esté de baja médica mientras cobra el paro, la prestación seguirá consumiéndose. La diferencia principal es que no será necesario renovar la demanda de empleo, ni participar en actividades del SEPE, como cursos de formación o entrevistas de trabajo.
¿Qué ocurre si se agota el paro estando de baja médica?
La situación variará según el origen de la incapacidad temporal:
- Por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral): Se seguirá cobrando la prestación por desempleo hasta que se agote. Una vez finalizada, el SEPE dejará de pagar y la persona deberá acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitar la prestación por incapacidad temporal, la cual se percibirá hasta recibir el alta médica o el reconocimiento de una incapacidad permanente.
- Por contingencias profesionales (enfermedad profesional o accidente laboral): En este caso, la baja médica no consumirá días de paro. La persona seguirá cobrando la misma cantidad que recibía por la prestación por desempleo y, además, conservará los días de paro acumulados, que podrá solicitar tras recibir el alta médica.
- Si la baja es una recaída de una incapacidad temporal iniciada durante un contrato laboral: Si la prestación contributiva por desempleo se agota, el beneficiario continuará cobrando la misma cantidad que recibía por el paro hasta el alta médica, sin aplicarse la reducción al 80% del IPREM. Tras finalizar la incapacidad temporal, podrá solicitar el subsidio por desempleo si cumple con los requisitos establecidos.
Aunque la baja médica no afecta al cobro del paro mientras este esté vigente, es fundamental conocer qué ocurre si la prestación se agota y cuáles son las opciones disponibles en cada caso.




