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junio 21, 2023Algo que los autónomos saben muy bien, es que pase lo que pase, cada mes deben cumplir con las obligaciones fiscales.
Sin olvidar la cita con la cuota mensual, en junio hay que añadir, además, los modelos 100 y 714, pero… ¿Sabes qué es cada documento y para qué?
El modelo 100
Este modelo es el del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, el de la declaración de la Renta, por lo que se debe presentar entre los meses de abril y junio, con el objetivo de que Hacienda nos devuelva o ingresar el IRPF correspondiente al año anterior.
La mayoría de autónomos están obligados a presentar este modelo, sin embargo, existen algunos casos excepcionales:
- Si los ingresos son menores que 22.000 euros y se ha obtenido la mayor parte de un pagador.
- Si la suma del segundo y posteriores pagadores es mayor a 1.500 euros, el límite para estar exento de presentar la Declaración de la Renta pasa a ser de 14.000 euros.
De todas formas, aunque no se esté obligado a presentar el modelo 100, puede interesar al autónomo, ya que le puede salir a devolver.
El modelo 714
Este modelo se corresponde con la declaración del Impuesto de Patrimonio y grava el patrimonio neto de las personas físicas.
Se tiene en cuenta el valor, tanto en derechos como en bienes, de los que sean propietarios.
En este caso, se está obligado a presentar este documento si se cumplen los siguientes requisitos:
- El valor de sus bienes y derechos sea superior a los 2.000.000 euros. Para ello, no se tienen en cuenta obligaciones personales o gravámenes.
- Una vez realizadas las deducciones o bonificaciones, la cuota tributaria del Modelo 714 sea a ingresar.
- Si el valor de derechos y bienes no supera los 2.000.000 de euros, se debe presentar la declaración siempre que la base imponible, el patrimonio neto, sí exceda el mínimo exento.
Este modelo es un gran desconocido pues, no se aplica en todas las comunidades autónomas ni tampoco a todos los contribuyentes, ya que está diseñado para gravar grandes riquezas.
Dicho esto, si eres millonario o simplemente se te ha hecho tarde para hacer la declaración de la Renta, dispones del mes de junio para dejar todo hecho y presentar ambos modelos.




