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agosto 18, 2022Toda empresa y negocio con empleados a su cargo está obligada a tener un protocolo de acoso laboral, independientemente del número de trabajadores o el tamaño de la empresa.
El acoso sexual se define como cualquier comportamiento de naturaleza sexual, ya sea verbal o físico, que atenta contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. A raíz de los casos ocurridos en entornos laborales, el Gobierno impuso de forma obligatoria esta norma, por lo que toda empresa, incluidos los autónomos, deben aplicarlo para erradicar cualquier situación de acoso en sus negocios.
En este caso, muchos autónomos no son conscientes de que ellos también deben implantarlo y que, en caso de no disponer de dicho protocolo, se pueden enfrentar a multas de entre 7.500 y 125.000 euros.
¿En qué consiste este protocolo?
Es una medida impulsada por el Gobierno que busca evitar y acabar con cualquier tipo de situación en la que se dé el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los entornos laborales. Todo autónomo que tenga empleados a su cargo debe disponer de este protocolo que establece un canal confidencial, rápido y accesible para la gestión de las quejas y denuncias.
Se aplica a toda la plantilla, independientemente del tamaño y afecta a todos los empleados, sea cual sea su contrato.
¿En qué situaciones se aplica?
El protocolo actuará no solo durante la jornada laboral, sino en todas las situaciones que tengan relación con el trabajo:
- En el lugar de trabajo, tanto en los espacios públicos como privados.
- En las zonas de descanso o comidas, instalaciones sanitarias o de aseo, así como en los vestuarios.
- En los desplazamientos, viajes, eventos o actividades relacionadas con el trabajo.
- En el marco de las comunicaciones relacionadas con el trabajo y el ciberacoso.
- En el alojamiento proporcionado por la persona empleadora.
- En los trayectos entre el domicilio del empleado y el lugar de trabajo.
Cómo se realiza el protocolo de acoso
Antes de nada, debemos conocer los dos modelos de protocolo existentes: El de prevención y el de actuación.
Cada negocio es libre de decidir qué modelo aplica en función de sus características, tamaño y si está obligado a tener un plan de igualdad o no.
El Ministerio de Igualdad ofrece toda la información y una Guía para conocer mejor cuál aplicar a cada negocio correctamente.
En cualquiera de los casos, para la correcta realización del protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual, el autónomo deberá desarrollar la información en tres partes:
- Medidas preventivas: El autónomo debe explicar su declaración de principios, la definición de acoso sexual, así como identificar todas aquellas conductas que puedan ser constitutivas de acoso.
- Procedimiento de actuación: Explicar cuál es el procedimiento de actuación frente al acoso para facilitar las quejas o denuncias.
- Medidas reactivas: Por último, el autónomo deberá especificar todas las medidas que se tomarán frente a una situación de acoso, además de las consecuencias y sanciones que podrían imponerse.
Sanciones que van desde separar físicamente a agresor y víctima, hasta la suspensión de empleo y sueldo, pudiendo acabar también en despido disciplinario.




